Cádiz, 6 may.- Un juzgado de Jerez de la Frontera (Cádiz) ha archivado la petición de Caixabank para una ejecución hipotecaria porque no inscribió en el Registro de la Propiedad la cesión de la titularidad de la hipoteca, que había sido firmada con una de las entidades que ésta ha absorbido.
El caso, el primero en Andalucía aunque existen algunos antecedentes fuera de esta comunidad, marca un antecedente que podría afectar a miles de hipotecas que siguen inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre de las cajas con las que se firmaron y que luego han sido absorbidas por otras entidades bancaria, según ha explicado a Efe el abogado Óscar Arredondo.
El letrado ha logrado que el juzgado número 4 de Jerez de la Frontera archive el procedimiento de ejecución directa contra una finca de su cliente, una sociedad, porque considera que el banco que lo impulsa, Caixabank, no está legitimado para ello pues la hipoteca no está inscrita a su nombre en el Registro de la Propiedad.
La hipoteca fue suscrita en 2004 con la Caja de Ahorros Provincial San Fernando de Sevilla y Jerez, que en 2006 se fusionó con El Monte para crear Cajasol, a la que transmitieron sus respectivos patrimonios.
Cuatro años después, en 2010, Cajasol, junto con la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra, Caja general de Ahorros de Canarias y Caja de Ahorros municipal de Burgos, se incorporaron a Banca Cívica, a la que cedieron parte de su patrimonio y negocio financiero a cambio de convertirse en accionistas.
En agosto de 2012 se produjo la fusión por absorción de Banca Cívica en Caixabank.
Pero en este proceso no se han inscrito en el Registro de la Propiedad los cambios de las cajas a los bancos sucesivos la titularidad de las hipotecas suscritas con particulares, algo que tendrían que hacer y notificar "cliente por cliente" y que tendría un costo "brutal", según Arredondo, que cree que esto "sería quimérico, provocaría un colapso financiero".
El auto del juzgado de Jerez asevera que "no se pone en duda, en el actual momento procesal, la existencia de un derecho de crédito que pueda ostentar Caixabank frente a sus prestatarios".
"Lo que se cuestiona -continúa- es si puede iniciarse o proseguir un proceso de ejecución hipotecaria" cuando "no resulta acreditada la inscripción de la cesión del crédito hipotecario en favor de la ejecutante".
Para el juzgado, que esta cesión de la titularidad de la hipoteca no esté inscrita en el Registro de la Propiedad "impide la continuación" del procedimiento de ejecución directa contra los bienes hipotecados, por lo que decreta el archivo de las actuaciones.
El decreto del juzgado de Jerez puede ser recurrido, aunque, según explica Óscar Arredondo, el camino ahora pasará más bien por que Caixabank decida o renegociar la hipoteca o acudir a un procedimiento judicial ordinario que da a los afectados "un margen de dos o tres años".
(Agencia EFE)
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