Una sentencia obliga a la entidad a reintegrar lo cobrado indebidamente
El País
Madrid
El fallo, que la entidad andaluza aún puede recurrir ante la
Audiencia Provincial de Málaga, estima nulas las cláusulas suelo
incluidas en las 28 hipotecas a tipo variable concedidas por el banco a
los 39 demandantes. Es decir, esas disposiciones que establecen que las
cuotas a pagar por el cliente no bajen de un límite aunque el índice de
referencia (en la inmensa mayoría de los casos, el euríbor) sí lo haga.
Por eso condena a Unicaja a retirarlas de los contratos de préstamo
hipotecario pero, en este caso, además le obliga a devolver las
cantidades cobradas en aplicación de esas cláusulas más el interés
legal. También impone al banco las costas del proceso.
La juez sustituta del Juzgado de lo Mercantil número dos de la ciudad andaluza cree, en la línea con otras sentencias similares, que no hubo negociación individual de estas cláusulas entre banco y cliente y que el banco cometió un abuso y actuó de mala fe. Y precisamente en la ausencia de mala fe se basaba el Supremo para defender que no se devolviera el dinero. "La oferta con interés variable, no completada con una información adecuada, se revela engañosa", reza la sentencia dictada este lunes 19.
Desde Adicae, asociación de usuarios de bancos y cajas que está promoviendo este tipo de reclamaciones, calculan que a cada afectado se le reintegrarán de media 30.000 euros. La agrupación celebra que ha conseguido que se eliminen casi 150 las cláusulas suelo mediante las demandas colectivas de afectados y cita, en concreto, tres sentencias en las que diversos jueces han obligado a Cajamar, Ipar Kutxa y ahora a Unicaja a devolver el dinero a los demandantes.
Fuentes de la entidad financiera han señalado a Europa Press que la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga. Han indicado, además, que Unicaja ha pedido una aclaración de la misma, de manera que dependiendo de la respuesta del juzgado, la entidad estudiará la presentación del recurso
La juez sustituta del Juzgado de lo Mercantil número dos de la ciudad andaluza cree, en la línea con otras sentencias similares, que no hubo negociación individual de estas cláusulas entre banco y cliente y que el banco cometió un abuso y actuó de mala fe. Y precisamente en la ausencia de mala fe se basaba el Supremo para defender que no se devolviera el dinero. "La oferta con interés variable, no completada con una información adecuada, se revela engañosa", reza la sentencia dictada este lunes 19.
Desde Adicae, asociación de usuarios de bancos y cajas que está promoviendo este tipo de reclamaciones, calculan que a cada afectado se le reintegrarán de media 30.000 euros. La agrupación celebra que ha conseguido que se eliminen casi 150 las cláusulas suelo mediante las demandas colectivas de afectados y cita, en concreto, tres sentencias en las que diversos jueces han obligado a Cajamar, Ipar Kutxa y ahora a Unicaja a devolver el dinero a los demandantes.
Fuentes de la entidad financiera han señalado a Europa Press que la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga. Han indicado, además, que Unicaja ha pedido una aclaración de la misma, de manera que dependiendo de la respuesta del juzgado, la entidad estudiará la presentación del recurso
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