Una sentencia de un juzgado de Ourense ha anulado la cláusula suelo-techo de una hipoteca y ha condenado a Novagalicia Banco (NCG) a devolver el dinero cobrado de más a dos clientes copropietarias de un piso.
Se trata del primer fallo judicial dictado después de que el pasado día 9 el Tribunal Supremo declarase nula la cláusula suelo, que fija el interés mínimo que el cliente va a pagar aunque el euríbor esté por debajo.
Jesús Garriga, delegado en Galicia de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), ha explicado que el juzgado de lo civil número 4 y de lo mercantil de Ourense estima íntegramente la demanda de dos clientas copropietarias de una vivienda que suscribieron una hipoteca con una cláusula suelo del 3,25% y techo del 9%.
Devolución de casi 8.000 euros
Además de declarar la nulidad, la sentencia ordena a la entidad bancaria a devolver lo cobrado de más, en total 7.971 euros, así como a dar por amortizados otros 2.868.
En el contrato del préstamo figuraba una cláusula techo, el tipo de interés máximo establecido que la entidad fijó en el 9%, si bien la juez destaca que nunca ha estado por encima del 5%, por lo que entiende que dicha cláusula es abusiva.
Ausbanc se ha felicitado de esta sentencia, al entender que la devolución de las cantidades cobradas indebidamente es posible.
Según Garriga, este fallo "ratifica" las tesis de la asociación. Igualmente, ha puntualizado que la jueza entiende que los efectos de la nulidad de las cláusulas son la fecha de celebración del contrato.
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